Cómo invertir en Colombia si es extranjero

La inversión extranjera es el capital que proviene del exterior, bien sea de personas naturales o jurídicas que no residen en el país y que invierten en empresas, bienes, o en acciones entre otras formas, de acuerdo con el Banco de la República. Este rubro, le da gran impulso a la economía en general porque incrementa el ingreso de dólares y es clave para incluir a Colombia en la dinámica económica mundial. Conozca aquí cómo puede invertir un extranjero en el mercado nacional. Existen dos caminos para invertir en Colombia si no se es nacional. El primero, regulado por el Decreto 119 de 2017, es la opción de inversión de capital en empresas o acciones, a través de un apoderado en Colombia. ProColombia es la entidad que puede asesorar a los interesados en este proceso. ProColombia, la dependencia del Estado encargada de promover las inversiones internacionales en el país, advierte en su sitio web que no se trata solo de tener listo el capital y saber en qué invertir. De acuerdo con la entidad, las compañías o personas extranjeras que deciden llegar al país para diversificar sus ingresos o incrementarlos, buscan oportunidades de negocio en Colombia, pero muchas veces no saben cuál es el procedimiento para invertir en el país, el cual está establecido bajo normas puntuales y conocerlo evita posibles inconvenientes. El Decreto 119 de 2017 es el estatuto que regula las inversiones de extranjeros en Colombia así como la inversión de colombianos en el exterior. Este es un nuevo esquema propuesto por el gobierno Santos con el fin de “aumentar la competitividad del mercado colombiano con relación a los mercados externos, como también incrementar la internacionalización de la economía nacional y la inversión de colombianos en otras latitudes”, explicó el Ministro de Hacienda Mauricio Cárdenas en la rueda de prensa de presentación de la nueva legislación. La segunda opción, es tramitar una visa de inversionista como persona individual o miembro de una sociedad comercial. Este trámite se realiza ante el Ministerio de Relaciones Internacionales y permite al extranjero ser el titular de la inversión. Según la nueva legislación, el primer paso es que todas las inversiones que haga un extranjero en Colombia, incluyendo las divisas que entren al país por parte de personas que no sean residentes, y que estén destinadas como aportes de capital para una sociedad o una sucursal de sociedad extranjera deben ser registradas ante el Banco de la República bajo la figura de inversión extranjera. El nuevo decreto modificó el esquema de registro de la inversión, ya que eliminó los plazos y las modalidades que existían y en consecuencia, las sanciones relacionadas con el incumplimiento de estos requisitos. Antes, un extranjero, que decidía invertir en Colombia, tenía como plazo 12 meses para el registro inicial de sus inversiones ante el Banco de la República y debía clasificarlas dentro de alguna de las modalidades existentes de registro, como importación de divisas, de bienes tangibles o de aportes en especie al capital de una empresa. Aunque ya no existe un plazo o modalidad para registrar una inversión en Colombia, “el registro ante el Banco de la República continúa siendo necesario para exigir los derechos cambiarios sobre las inversiones, pero ahora solo basta el reporte de la inversión realizada para que se configuren, sin que tal reporte deba clasificarse en una modalidad o realizarse en un plazo determinado”, explicó el Ministro Cárdenas. Luego del registro ante el Banco de la República, la regulación exige que todo inversionista extranjero debe contar con un apoderado en Colombia que cumpla con las obligaciones tributarias, cambiarias, de información y las demás relacionadas con su actividad de acuerdo con la legislación nacional. Específicamente sobre las inversiones en empresas inscritas en el Registro Nacional de Valores y Emisores, la Bolsa de Valores de Colombia, se permitirá que el inversionista elija si registra su inversión como directa o en un portafolio por acciones. Pero igual necesita tener un apoderado de su inversión en el país, que en el caso de inversiones de portafolio sería una comisionista de bolsa, si su interés es únicamente de aporte de capital. Si el solicitante del permiso es socio o propietario de una sociedad debe anexar certificados de representación legal expedidos por cámaras de comercio, “en el que conste que el extranjero es socio o propietario de una sociedad debidamente constituida y registrada, indicando un capital o activo registrado del extranjero solicitante de la visa no menor a 100 salarios mínimos”, explica la Cancillería colombiana en su página web. Como se puede apreciar, la tarea para ser un inversionista extranjero no es tan sencilla como se piensa; sin embargo, con asesoría y buena información se puede lograr. Recuerde que ProColombia y el Ministerio de Relaciones Internacionales son las entidades públicas que le pueden dar mayor asesoría al respecto. Acudir a los mejores es siempre la clave.

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