Algunas personas asocian el retiro con una época de inactividad, pérdida de energía y vitalidad. Pero lo que no tienen en cuenta es que el retiro puede ser el período vacacional más largo de la vida, una manera de recibir recompensas por todos los años de trabajo realizado durante la etapa laboral. Además, no es una etapa de inactividad, sino de cambio de actividad.
Por eso, si usted todavía no se ha preguntado cómo vivirá cuando llegue a la etapa de retiro, es bueno que desde ya empiece a hacerlo y tome acciones al respecto. No importa si tiene 20, 30 o 40 años. Su calidad de vida del futuro está en sus manos y entre más temprano empiece a planearla, más fácil llegará a cumplir sus sueños.
Una buena planeación le ayudará a organizarse y así podrá mantener el nivel de vida actual, o incluso, mejorarlo cuando llegue el momento de su retiro. Y es que ¿Quién no ha pensado en pensionarse y vivir tranquilamente sin preocuparse por cómo pagar los gastos? Es el sueño de muchos, pero no todos trabajan por lograrlo.
Según cifras del año 2016 proporcionadas por el Ministerio de Trabajo, en Colombia hay 22 millones de trabajadores, de los cuales 7,7 millones cotizan o ahorran activamente en el Sistema General de Pensiones, que tiene dos regímenes: Régimen de Prima Media (RPM), administrado por el Estado a través de Colpensiones, y el Régimen de Ahorro Individual Solidario (RAIS), administrado por fondos de pensiones privados, en donde la pensión depende del esfuerzo de ahorro.
Se estima que, en la situación actual, de esos 22 millones de trabajadores sólo se van a pensionar 2’000.000. Es decir que el 90% se quedarán por el camino. La cifra es preocupante.
Sin embargo, usted puede tomar cartas en el asunto y empezar a planear desde ya las vacaciones más largas de su vida y no preocuparse por cómo mantener su estilo de vida durante su retiro.
¿Cuáles son las opciones?
El Sistema General de Pensiones reconoce tres modalidades: pensión por vejez, por invalidez y de sobrevivientes. Acá nos concentraremos en la primera mencionada, teniendo en cuenta que es la que se otorga a quienes realizan sus aportes con el fin de obtener una pensión a largo plazo.
Por un lado, para los afiliados al fondo público de pensiones en Colombia administrado por Colpensiones, para reclamar la prestación económica se deben acoger a lo establecido por el artículo 33 de la Ley 100 de 1993, modificado por el artículo 9° de la Ley 797 de 2003, que exige los siguientes requisitos:
- Haber cumplido 55 años de edad si es mujer y 60 años si es hombre, sin embargo, a partir del primero de enero de 2014 la edad se incrementó a 57 años para las mujeres y 62 para los hombres.
- Haber cotizado un mínimo de 1300 semanas.
Cómo calcular el monto de la pensión:
- El salario promedio de la pensión de vejez se toma promediando los últimos diez años efectivamente cotizados, actualizados con el IPC a la fecha de liquidación de la prestación.
- La tasa porcentual que se aplica al salario promedio oscila entre el 55% y 80% de acuerdo al resultado de la operación matemática de la fórmula establecida.
Por otro lado, quienes realizan aportes voluntarios a fondos privados se deben acoger a lo establecido por el artículo 64 de la Ley 100 de 1993, que exige los siguientes requisitos:
- A cualquier edad siempre que tenga acumulado un capital que le permita obtener una pensión mensual superior al 110% del salario mínimo legal mensual vigente.
- Cuando a pesar de cumplir los requisitos para acceder a la pensión en los términos anteriores, el trabajador opte por continuar cotizando, el empleador estará obligado a efectuar las cotizaciones a su cargo, mientras dure la relación laboral, legal o reglamentaria, y hasta la fecha en la cual el trabajador cumpla sesenta 60 años si es mujer o 62 años si es hombre.
Teniendo en cuenta este panorama, recuerde que pensar en su retiro como unas vacaciones permanentes no debería quedarse sólo en un sueño seductor. La solución es tan simple como poner en marcha desde ya un plan de ahorro para cumplirlo. No olvide que su futuro financiero está en sus manos.
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