Le explicamos cómo funciona el sistema pensional en Colombia

Le explicamos cómo funciona el sistema pensional en Colombia
Le explicamos cómo funciona el sistema pensional en Colombia
En Colombia, el Sistema General de Pensiones, está conformado por dos regímenes: el Régimen de Prima Media (RPM) o público, administrado por Colpensiones, y el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS) o privado, manejado por las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP). Estos integran el sistema pensional de Colombia. Hablamos con Jorge Llano, Vicepresidente Técnico y de Estudios Económicos de Asofondos (Asociación Colombiana de Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantía) quien nos explicó cómo funciona el sistema pensional, sus retos y nos contó por qué es necesario reformarlo.

Principales diferencias entre regímenes

Ambas alternativas funcionan de diferente manera y, por lo tanto, dependiendo del régimen al que usted pertenezca, varían los requisitos necesarios para pensionarse.

Régimen de Prima Media (RPM)

En el régimen público los aportes van a un fondo común que, acompañado de un subsidio del Estado, financia las pensiones de los individuos, el subsidio se otorga para poder compensar a los que tienen menos recursos. Bajo este régimen, los requisitos para obtener la pensión  son: cumplir con 1.300 semanas cotizadas y tener una edad de 57 años para las mujeres y de 62 para los hombres. En este caso, el cálculo de la pensión depende del promedio del ingreso con el que se haya cotizado los últimos 10 años y el valor de su renta mensual vitalicia será del 65% del Ingreso Base de Liquidación.  (El IBL es el promedio de los salarios o rentas sobre los cuales ha cotizado un afiliado al Régimen de Prima Media (RPM) en los últimos 10 años anteriores al otorgamiento de la pensión)

Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS):

En los fondos privados, los aportes se depositan en una cuenta de ahorro individual a nombre del afiliado. De esta forma, se generan rendimientos para aumentar el capital y así financiar su pensión en el momento de su jubilación.

Existen dos opciones para obtener la pensión:

  • Por semanas y edad: Debe cumplir con 1.150 semanas cotizadas y tener 57 años o más si es mujer, o 62 si es hombre.
  • Por capital: Contar con el ahorro suficiente para tener una pensión al menos de un salario mínimo – Independientemente de la edad, por lo que es posible pensionarse anticipadamente –.
En este régimen, el cálculo de la pensión se realiza sobre el ahorro que se haya realizado a través de la vida laboral de la persona y existen varias modalidades de pensión.

¿Qué pasa si no logra cumplir los requisitos de pensión?

Si no logra cumplir con los requisitos de pensión, existe una devolución del dinero en ambos regímenes del sistema pensional. En el caso del público, el reintegro de los aportes se denomina indemnización sustitutiva y se hace únicamente ajustado a la inflación. Por su parte, el privado lo llama devolución de saldos y, contrario al RPM, los aportes realizados son reintegrados ajustados a la inflación y sumando los rendimientos obtenidos en la cuenta individual, según Asofondos.

¿Cuáles son los retos del sistema pensional en Colombia?

¿Es necesaria una reforma pensional?

Lo invitamos a leer el artículo “Equidad y cobertura, dos cualidades que el sistema pensional busca brindar“.

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