¿Un extranjero en Colombia está obligado a declarar y pagar renta?

¿Un extranjero en Colombia está obligado a declarar y pagar renta?
¿Un extranjero en Colombia está obligado a declarar y pagar renta?
El impuesto de renta es un importante tributo para un Estado, que se paga cada año acorde a los ingresos anuales de las personas o las empresas. Es natural que los ciudadanos de un país lo deban pagar ya que es parte de sus obligaciones, pero ¿una persona extranjera está obligada a declarar y pagar renta en Colombia? Aquí le contamos. El régimen de impuestos en Colombia está regido por la ley 1819 de 2016 creada con el objetivo de hacer importantes cambios en el régimen de tributación para personas naturales y formular medidas contra la evasión y un mayor control fiscal del estado. (Lea: Cómo hacer la declaración de renta en 2018) El artículo 10 del Estatuto Tributario señala específicamente que el criterio para el pago de impuestos en Colombia, no depende de la nacionalidad de una persona natural sino de la calidad de residente para efectos tributarios que se puede adquirir por diferentes condiciones. Estas son: completar 183 días continuos o discontinuos de estadía en Colombia durante un año tributario de 365 días; que el 50% o más de los ingresos sean de fuente nacional; que el 50% o más de sus bienes sean administrados en el país o que el 50% o más de sus activos se entiendan poseídos en el país. Claro está, si cumple con los topes de salario, patrimonio o transacciones comerciales que establece el Gobierno cada año para tener que hacer la declaración de un impuesto, en este caso específico del impuesto de renta. Para el 2018, deben declarar renta las personas que al cierre del 2017, tuvieron un patrimonio mayor a $143.366.000 de pesos o que hayan tenido ingresos mayores, o realizado compras y consumos o acumulado consignaciones bancarias o inversiones financieras por encima de $44.603.000 de pesos. Ahora, en la legislación colombiana existen acuerdos de doble tributación con España, Chile, Suiza, Canadá, México, Corea del Sur, Portugal, India, República Checa y Francia; lo que significa que si la persona declarante tiene patrimonio o ingresos en Colombia y uno de estos países, sólo debe pagar renta en Colombia por su patrimonio o ingresos aquí, si es considerado residente tributario. Se debe aclarar que la ley tributaria establece además que las personas naturales nacionales o extranjeras, pero no residentes deben declarar y pagar, únicamente, por el patrimonio o ganancias poseídas en Colombia. Puntualmente, en el caso de los extranjeros el impuesto de renta se cobra anticipadamente a través de la retención en la fuente con la tarifa más alta que es del 33% sobre los ingresos mensuales, ya que no es segura su residencia en el país por todo el año tributario. Por esto, el impuesto se deduce de forma anticipada con el mecanismo de la “retefuente”. Claro está, sí cumple los topes de ley para aplicar a este descuento, que para el año 2018 se aplica a los salarios de más de $ 4.475.788 de pesos. En conclusión, los extranjeros que tengan ganancias o bienes en Colombia, sí deben declarar renta si cumplen con los requisitos de residencia tributaria en el país. Pagan impuestos si sumado a esto, superan los topes monetarios establecidos cada año para el pago de este gravamen y lo más común es que lo hagan a través del impuesto anticipado de retención en la fuente. Esto, porque a pesar de no ser ciudadanos colombianos, la razón de ser del impuesto de renta es pagarle al Estado un porcentaje por las ganancias que se obtienen en su territorio, independientemente de la nacionalidad del contribuyente. En la actualidad, los diferentes países del mundo hacen esfuerzos de cooperación por compartir información sobre los datos de bienes y ganancias de las personas alrededor del mundo con el fin de tener legislaciones tributarias que ofrezcan beneficios a la inversión extranjera y a la vez eviten la creación de paraísos fiscales.

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