Se estima que de los 25.9 millones de afiliados que tiene el sistema de pensiones colombiano (AFPs + Colpensiones), tan solo 10 millones de personas cotizan al sistema. De acuerdo con las últimas estimaciones, se espera que con la Reforma Pensional aprobada, cerca del 90% de los cotizantes deberá hacerlo exclusivamente en el Régimen de Prima Media, teniendo en cuenta que cerca de 9 millones de personas ganan menos de 2.3 salarios mínimos, y teniendo en cuenta los cambios que entrarían en vigencia en julio de 2025 con la nueva Reforma Pensional, afirma el diario Portafolio. Las modificaciones que vendrán suponen una oportunidad para resaltar la importancia de ahorrar e invertir recursos adicionales que permitan complementar sus aportes a pensión obligatoria.
¿Cuál es el principal cambio para los actuales cotizantes?
El ahorro pensional es indispensable, pues garantiza que las personas puedan jubilarse con un ingreso fijo e incluso, puedan afrontar eventualidades, como una discapacidad o invalidez. La reforma aprobada el 14 de junio de 2024 tiene por objeto que el Régimen de Prima Media y el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS) dejen de competir y, por el contrario, se complementen.
El principal cambio que percibirá si usted es cotizante a pensión es que, si gana 2,3 Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes (SMMLV) o menos, deberá cotizar en el Régimen de Prima Media (Colpensiones). Si gana más, el equivalente a 2,3 SMMLV irá a Colpensiones y el restante, al fondo privado de su preferencia. Los recursos dirigidos a Colpensiones se destinarán en una proporción al pago de pensiones (Fondo Común) y el restante al Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo que será administrado por el Banco de la República.
Al pensionarse, si tiene una parte en el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS), los recursos se entregarán a Colpensiones para que sea esta la única entidad encargada de girar las pensiones. Adicionalmente, la Reforma establece medidas para ampliar la base y el monto de recursos entregados a personas mayores que a pesar de haber cotizado no alcanzaron a completar las semanas requeridas para acceder a la pensión.
De acuerdo con Katherine Ortiz, líder de renta variable de Davivienda Corredores, otro elemento relevante incluido en la norma decretó que grupos étnicos como los raizales, comunidades negras, pueblos indígenas y campesinado, necesitarán de menos semanas para pensionarse, lo que podría tener un costo fiscal para las finanzas del país.
¿Cómo puedo completar la pensión con aportes voluntarios?
Destinando una parte de sus ingresos para ahorro y acceder a una mejor pensión al momento de la jubilación o estar preparado ante eventualidades; esto es posible por medio de los Fondos Voluntarios de Pensión. Igualmente, estos también funcionan para obtener un beneficio tributario y alcanzar metas financieras de educación, vivienda, viajes, entre otras.
Estos fondos, a diferencia de los aportes a pensión obligatoria, son voluntarios. Al ahorrar e invertir en ellos, las personas pueden:
- De acuerdo con el objetivo de ahorro e inversión, los aportantes pueden definir el monto a invertir y la periodicidad en que destinarán recursos para este fin.
- Hacer aportes únicos o periódicos.
- Invertir para que sus ahorros crezcan a través del tiempo, diversificando en diferentes portafolios, de acuerdo con su perfil de riesgo.
- Obtener un beneficio tributario en disminuir la base de retención en la fuente sobre salarios y la renta gravable en la declaración de renta.
Este último punto significa que, de acuerdo con su perfil de inversionista, usted podrá invertir esos ahorros voluntarios en fondos conservadores, moderados o arriesgados, haciendo así crecer sus ahorros para el momento de la jubilación o para alcanzar alguna meta financiera.
¿Cómo ahorrar en un Fondo Voluntario de Pensión?
El primer paso será verificar en un presupuesto personal que incluya todos los gastos e ingresos mensuales, el monto que podrá destinar periódicamente para este ahorro voluntario. Recuerde que siempre tiene la opción de reducir gastos variables para fortalecer el ahorro.
Una vez tenga claros los recursos a destinar para este propósito, podrá acercarse a una sociedad administradora de pensiones voluntarias, autorizada por la Superintendencia Financiera de Colombia. La entidad de su preferencia, le hará un acompañamiento y prestará asesoría para definir su perfil de inversionista. Posteriormente, ofrecerá los productos que se adecúen a sus características y necesidades para que, al final, sea usted quien decida en qué fondo invertirá, acorde a su nivel de riesgo.
Tenga presente que, si bien el nombre de estos productos incluye la palabra “pensión”, no necesariamente los aportes allí destinados podrán ser retirados exclusivamente al momento de la jubilación. Por el contrario, usted puede definir la meta de ahorro que desee y hacer uso de los recursos en caso de requerirlos, con el cumplimiento de los requisitos exigidos por las normas tributarias para acceder al beneficio tributario.
Beneficios tributarios
Finalmente, debe saber que invertir en estos productos trae otros beneficios en materia de impuestos. De acuerdo con el Estatuto Tributario, los recursos destinados para los fondos de pensiones voluntarios están libres de retención en la fuente hasta el 30% de sus ingresos netos gravados sin superar las 3.800 Unidades de Valor tributario al Año (UVT), lo que permite disminuir la carga impositiva.
Tenga en cuenta que al momento de retirarlos, dependiendo del uso que se les dé, pueden ser gravados con la retención en la fuente.
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