¿Quién lo puede asesorar si está en búsqueda de inversiones?

La inversión se democratizó en Colombia. Gracias a los variados productos ofrecidos por las entidades financieras, los bajos montos de dinero requeridos para acceder a ellos, y las facilidades para hacerlo desde la virtualidad, hoy más de 599.122 colombianos invierten en productos de la Bolsa de Valores de Colombia, de acuerdo con datos de junio de 2023 citados por el portal económico Bloomberg. 

Lo anterior conlleva a responsabilidad por parte de los entes reguladores y profesionales de inversión, encaminada a informar y asesorar a los usuarios para que estos minimicen los riesgos presentes. 

Paras regular este proceso y aumentar los estándares de calidad en la asesoría, la legislación colombiana cuenta con el Decreto 661 de 2018. Le contamos en qué consiste y qué puede exigir al momento de solicitar este tipo de acompañamiento. 

¿Qué dice el Decreto 661 de 2018?

Lo primero que debe saber, es que las únicas entidades autorizadas para prestar asesoría para invertir en el mercado de valores son aquellas vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia. Estas son fiduciarias, fondos de pensiones y cesantías, comisionistas de bolsa y Sociedades Administradores de Inversión (SAI). Esto, con el fin de garantizar la transparencia y calidad durante la prestación del servicio. 

En ese sentido, es importante identificar aquellos intermediarios que no trabajan en ninguna de estas entidades y que, por ende, legalmente no cuentan con la autorización para asesorar e informar a personas interesadas en invertir. 

Lo segundo que debe saber, es que el Decreto establece una serie de pasos obligatorios que puede exigir el interesado en invertir, para garantizar un proceso de calidad. Estos se presentan a continuación: 

Los 3 pasos para una asesoría adecuada

  1. Perfilamiento del inversionista: El asesor debe evaluar la situación financiera del inversionista, sus intereses y necesidades, con el objetivo de determinar el perfil y ofrecerle productos adecuados a sus características.  Para ello se analizan aspectos como: experiencia del inversionista, conocimiento en inversiones, objetivos de inversión, tolerancia al riesgo, capacidad para asumir pérdidas, horizonte de tiempo, capacidad para realizar contribuciones y cumplir con requerimientos, entre otras. Dicha información debe ser facilitada por el cliente.  Una vez analizadas, el inversionista quedará clasificado de acuerdo al nivel de riesgo: conservador, moderado o agresivo.
  2. Perfil del producto: El sistema financiero cuenta con un sinfín de productos. La elección de los mismos, está directamente ligada al perfil del inversionista. Es así como el asesor debe elaborar un análisis de los productos que incluya elementos como la estructura, los activos subyacentes, rentabilidad, liquidez, volatilidad, estructura de remuneración, entre otros elementos que permitirán determinar si el producto es afín a las características del inversionista 
  3. Análisis de conveniencia y recomendación profesional: Para finalizar, la entidad financiera encargada de prestar la asesoría, debe determinar si el perfil del producto es adecuado para el inversionista y presentarle una recomendación con base en el análisis elaborado. 

Tenga en cuenta que la labor del profesional es informar y asesorar. Está en capacidad de sugerirle productos acorde a sus características. No obstante, la decisión final siempre estará en sus manos. 

¿Cómo hallar un profesional para recibir la asesoría?

El sistema financiero colombiano cuenta con una amplía gama de entidades autorizadas para ejercer la asesoría en el mercado de valores. Gracias a la libre competencia, usted puede acercarse de manera virtual o física a la entidad de su preferencia.

Una vez esté en contacto, manifestar su interés en invertir y ser asesorado para poder hacerlo de manera informada. Recuerde que siempre debe verificar que la entidad a la que se va a acercar esté vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia. Así mismo, es recomendable indagar previamente acerca de la experiencia y trayectoria de la compañía. 

Para finalizar, tenga presente que el Decreto detalla que, los profesionales, deben dar una opinión y una asesoría basada en los criterios estipulados que respondan al interés y necesidades del inversionista. Así mismo, el asesor debe ser claro con su cliente frente a posibles conflictos de interés identificados por la entidad. 

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