Un tema de interés para los trabajadores en Colombia son las cesantías. Con el objetivo de aclarar las dudas que puedan tener respecto a esta prestación social, en este artículo le explicaremos qué son y cómo funcionan las cesantías en el país.
¿Qué son las cesantías?
Las cesantías son una prestación social a la que tienen derecho todos los trabajadores que están vinculados con un contrato fijo o un contrato a término indefinido en el país. Esta prestación social no incluye a los trabajadores que devengan un salario integral. El empleador, en ese sentido, tiene la obligación de pagar este beneficio a sus empleados aparte del salario ordinario.
El objetivo principal de las cesantías es asegurarle a los trabajadores unos ahorros con los que pueda contar en ciertas situaciones específicas, como por ejemplo: quedarse desempleado, financiar educación o comprar una vivienda.
¿Cómo se liquidan las cesantías?
El monto de las cesantías es equivalente a un mes de salario por cada año trabajado o proporcional al tiempo laborado. Se liquida anualmente, el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre. Deben ser consignadas en el Fondo de Cesantías que el trabajador haya elegido, a más tardar el 14 de febrero del año siguiente.
¿Cuándo se pueden retirar las cesantías?
- Financiar la educación. Se pueden retirar las cesantías para el pago del valor de la matrícula de educación superior propia del cotizante, de los hijos o cónyuge, educación en el exterior y pago de créditos educativos.
- Financiar vivienda. Se pueden retirar las cesantías para compra de vivienda nueva o usada, construcción o mejoramiento del inmueble y pago o amortización de créditos hipotecarios.
- Otras opciones de retiro. Se pueden retirar las cesantías por la terminación del contrato de trabajo, cambio a salario integral, fallecimiento del trabajador y compra de acciones del Estado.
Tipos de fondos de cesantías
En Colombia, los Fondos de Cesantías pueden ser de régimen privado o público. En el primer caso, los recursos son gestionados por las Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías (AFP), es decir, por Colfondos, Protección, Porvenir y Skandia. En el segundo caso, el dinero es manejado por el Fondo Nacional del Ahorro (FNA), entidad del Gobierno colombiano.
Fondo de Cesantías de régimen público
En el fondo público, las cesantías aumentan anualmente con el Índice de Precios al Consumidor (IPC). En este caso, el trabajador debe esperar 3 años después de su afiliación para trasladarse a un fondo distinto y, en este régimen, no tiene la posibilidad de elegir un portafolio de inversión.
Fondo de Cesantías de régimen privado
Los Fondos de Cesantías del régimen privado invierten el ahorro de los trabajadores en distintos activos, con el objetivo de generar posibles rendimientos sobre esos recursos, iguales o superiores, a la rentabilidad mínima que determina la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC).
Respecto al destino de sus ahorros, usted puede elegir entre dos portafolios de inversión: de corto plazo y de largo plazo. El portafolio dependerá de su perfil de riesgo, objetivos y tiempo de ahorro.
Portafolio de corto plazo
Está diseñado para aquellos que consideran retirar sus cesantías antes de un año. Suelen invertir los recursos ahorrados en Títulos de Deuda Pública y en encargos fiduciarios, para mitigar el riesgo de la inversión.
Portafolio de largo plazo
Está diseñado para aquellos que buscan consolidar un ahorro superior a un año. El objetivo principal es la búsqueda de rendimientos a largo plazo a través de inversiones con mayor exposición a riesgo. Por ello, suelen invertir los recursos ahorrados en acciones y en títulos de deuda pública extranjera o local. Tenga en cuenta que el término “largo plazo” no significa que no pueda retirar sus cesantías en el momento que lo requiera.
Es importante aclarar que, si usted no toma alguna decisión sobre el tipo de portafolio, los recursos de sus cesantías, consignados por su empleador, serán llevados al portafolio de corto plazo hasta agosto, mes en el que, por norma, sus ahorros deberán ser trasladados a un portafolio de largo plazo.
¿Cuáles son los intereses de las cesantías?
Además de las cesantías, las empresas deben reconocer a los trabajadores los intereses de las cesantías. El pago debe hacerse directamente al trabajador antes del 31 de enero de cada año. El monto corresponde al 12% anual del valor total de las cesantías o proporcional al año trabajado, si el empleado no cumplió un año completo de labores. Si quiere conocer cómo calcular estos intereses, lo invitamos a leer el artículo: “¿Sabe qué son los intereses de cesantías?”.
Finalmente, recuerde que lo más importante es mantener sus cesantías ahorradas y no hacer retiros, salvo que sea estrictamente necesario y de conformidad con las causales autorizadas por la ley.
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