Nueva reforma tributaria y sus impactos en las inversiones

Reforma tributaria Colombia
Impactos de la reforma tributaria para activos financieros y empresas.

A principios del mes de diciembre de 2022, el presidente de Colombia, Gustavo Petro, sancionó la ley de la reforma tributaria, la cual entró en vigor a partir del 1 de enero de 2023.  Con esta, el Gobierno busca recaudar cerca de $20 billones cada año. A continuación, le contamos cuáles son los impactos de la reforma tributaria en las inversiones. 

Impactos de la reforma tributaria para los activos financieros

a. Impuesto de renta

Para empezar, tenga presente que el impuesto de renta es un gravamen que se realiza sobre los ingresos obtenidos por personas, empresas y otras entidades a lo largo de un año. 

Frente a este impuesto, la nueva reforma tributaria establece un aumento del 5% en la tarifa de ganancia ocasional, pasando del 10% al 15%. Se llama ganancia ocasional al ingreso o utilidad que obtiene una persona, natural o jurídica, por la venta esporádica de un bien que no hace parte del giro ordinario de su negocio o actividad económica. 

Según Davivienda Corredores, la reforma tributaria reduce el límite de las acciones en circulación para la determinación del ingreso no constitutivo de la ganancia ocasional, proveniente de la enajenación de acciones inscritas en la Bolsa de Valores de Colombia (bvc). Anteriormente, el límite estaba en el 10% y, con la nueva ley, pasó al 3%. 

Adicionalmente, la reforma tributaria adiciona una nueva deducción por la compra de bienes o servicios del 1% sobre el valor de las adquisiciones, hasta 240 Unidades del Valor Tributario (UVTs), lo que representa más de $10 millones. 

b. Impuesto al patrimonio

El impuesto al patrimonio es un gravamen que se aplica individualmente y directamente al patrimonio personal de cada individuo. Se calcula con base en el valor de todos los bienes y activos que posee el sujeto, lo que incluye las inversiones. 

Frente a este impuesto, la nueva reforma tributaria establece lo siguiente: si usted tiene activos inferiores a $3.053 millones, la tarifa será del 0%; si tiene activos entre $3.053 millones y $5.174 millones, la tarifa será del 0,5%; si tiene activos entre $5.174 millones y $10.136 millones, la tarifa será del 1,0%; y si tiene activos superiores a $10.136 millones, la tarifa será del 1,5%.

De acuerdo con Davivienda Corredores, en el caso de las acciones o cuotas de interés social de sociedades o entidades nacionales que coticen en la bvc, el valor del impuesto patrimonial corresponderá al valor promedio de cotización del mercado del año o fracción de año, inmediatamente anterior a la fecha de causación del impuesto. Esto mismo se aplicará a la valoración de derechos en fiducias o Fondos de Inversión Colectiva (FIC). 

c. Impuesto sobre los dividendos

Al invertir en acciones existen dos fuentes principales para generar rendimientos: la valorización y el dividendo. La primera es la diferencia entre el precio de compra y de venta del activo y, la segunda, es la proporción de ganancias que una compañía reparte entre sus accionistas. 

Respecto a los dividendos, según Davivienda Corredores, con la nueva reforma tributaria se establece un descuento tributario de 19% del dividendo anual que exceda los 1,090 UVTs, lo que corresponde alrededor de $46.2 millones. El impuesto a los dividendos se aplicará para el pago en efectivo y en especie, es decir, en acciones. En caso de los accionistas no residentes en el país, la tarifa será del 20% sin descuento. 

Adicionalmente, la retención para dividendos pagados a personas jurídicas pasa del 7,5% al 10% y, en el caso de las personas naturales, pasa del 10% al 15%, mencionó Davivienda Corredores. 

Impactos de la reforma tributaria en personas jurídicas

De acuerdo con Davivienda Corredores, en el impuesto de renta para empresas, la nueva reforma tributaria contempla una sobretasa del 5% aplicable a instituciones financieras, aseguradoras, sociedades comisionistas de bolsa, sociedades comisionistas agropecuarias, bolsas de bienes y productos agropecuarios, agroindustriales u otros commodities y proveedores de infraestructura del mercado de valores. 

También, establece una sobretasa a compañías extractivas de carbón y petróleo. Para el caso del carbón, la sobretasa es del 5% o 10% y, para el petróleo, del 10% o 15%. En el caso de las empresas extractivas de crudo, la sobretasa dependerá del precio promedio del petróleo, referencia Brent, de los 120 meses anteriores. 

Adicionalmente, los contribuyentes, cuya actividad económica principal sea la generación de energía eléctrica a través de recursos hídricos tendrán una sobretasa del 3%, mencionó Davivienda Corredores.

Estos son, a grandes rasgos, algunos de los elementos que contempla la nueva reforma tributaria. Ante los cambios en la tributación, el comportamiento de ciertos activos, como las acciones, puede verse afectado. Por eso, le recomendamos asesorarse de profesionales

Fuente: 

  • Davivienda Corredores. (2022, noviembre 29). Reforma Tributaria: Análisis e impactos. Visión Davivienda. 

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