Vivienda turística: una alternativa de inversión inmobiliaria

Invierta en viviendas turísticas.
Invierta en viviendas turísticas.

El sector inmobiliario se ha caracterizado por su gran innovación y capacidad para adaptarse a las necesidades y preferencias de los consumidores. Lo anterior, se evidencia, por ejemplo, en la tendencia inmobiliaria que está transformando el turismo en Colombia y el mundo: estamos hablando de la vivienda turística. Aquí, le contamos de qué se trata.

¿Qué son las viviendas turísticas?

Las viviendas turísticas son bienes inmuebles que brindan servicios de alojamiento de corto plazo a una o más personas, dependiendo de su capacidad. Según La República, la normativa colombiana establece que, estas propiedades deben ser ocupadas por los turistas en un plazo máximo de 30 días calendario y deben contar como mínimo con un dormitorio, cocina y baño.

Así, se trata de bienes que prestan servicios de alojamiento. Aunque, también, existen proyectos inmobiliarios o edificaciones que brindan todas las comodidades que ofrece un hotel. En estas construcciones, los usuarios pueden encontrar espacios de trabajo colaborativo o coworking, gimnasio, peluquería, restaurantes, salones de bienestar, bibliotecas, entre otros.

De acuerdo con Valora Analitik, estos proyectos inmobiliarios funcionan mediante esquemas de propiedad horizontal, en donde cada unidad tiene un dueño, o esquemas fiduciarios, en donde la fiducia es la dueña de la totalidad del edificio.

Los proyectos de vivienda turística fomentan no solo al sector de la construcción, sino también, las actividades económicas relacionadas con el hospedaje como: alimentación, limpieza, recreación, entre otros.

¿Cuáles requisitos deben cumplir las viviendas turísticas?

Según La República, la regulación colombiana establece que las viviendas turísticas deben cumplir con los siguientes requisitos, contemplados en el Decreto Ley 2106 de 2019:

  • Todos los prestadores de servicios turísticos, lo que incluye a los operadores de vivienda turística, deben estar inscritos en el Registro Nacional de Turismo. Este debe hacerse de manera previa al funcionamiento, es de carácter obligatorio y tiene que ser actualizado cada año.
  • En caso de que el inmueble se encuentre sometido al régimen de propiedad horizontal, la prestación de los servicios turísticos debe estar expresamente autorizada en el reglamento de la copropiedad.

Adicionalmente, deben pagar la contribución parafiscal para la promoción del turismo, realizar el reporte ante Migración Colombia del hospedaje de extranjeros y establecer normas para la prevención de los delitos como el turismo sexual, entre otros requisitos, explicó Valora Analitik.

Si bien, la vivienda turística es una tendencia reciente, es una alternativa que está tomando fuerza en el país. De acuerdo con Martín Monzón, CEO de Finca Raíz, citado por El Colombiano, este tipo de propiedades se están posicionando en ciudades como Barranquilla, Santa Marta, Cartagena, Medellín, Cali y Bogotá. También, en los municipios de Zipaquirá, San Gil, Ricaurte y Girardot.

Finalmente, si quiere invertir en este tipo de propiedades, le recomendamos: realizar un estudio de mercado y verificar que el inmueble o el proyecto cumplan con los requisitos legales exigidos en el país. Esto con el objetivo de evitar futuros imprevistos.

Lo invitamos a leer el artículo: “Alternativas sostenibles de inversión inmobiliaria”.

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